El CERMI (Comité de Representantes de Personas con Discapacidad) ha reclamado al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública que se aplique la cuota de reserva de plazas para personas con discapacidad legalmente establecida en los procesos de consolidación del empleo público.
Así lo pone de relieve la plataforma representativa de la discapacidad en España en un escrito dirigido a la directora general de la Función Pública, María Isabel Borrel Roncalés. La misiva se acompaña de la reciente sentencia 162/2024 del Tribunal Supremo.
Debe aplicarse ya mismo
En ella, como explica el Cermi, se pronuncia “categóricamente” acerca de que en los procesos de estabilización del empleo público deben observarse plenamente las disposiciones relativas a la cuota de reserva al empleo público establecida en favor de personas con discapacidad, desde la entidad indican:
“Este criterio jurisprudencial supone una corrección relevante del que venía aplicando su Dirección General en relación con las convocatorias de empleo de estabilización en el ámbito de la Administración del Estado, por lo que deben acompasar en el futuro su actuación en este punto al pronunciamiento del más alto tribunal español, cuya decisión no admite duda”
Así mismo la entidad defiende que las futuras ofertas de empleo público de estabilización deben incorporar la cuota de reserva para personas con discapacidad y todos los mecanismos y procesos asociados a ella.
Además, pide que esta resolución judicial de l TS se aplique:
“en plenitud y con celeridad”
La sentencia responde a un recurso contencioso-administrativo que el Supremo considera que debe ser estimado y señala que el Real Decreto 408/2022 es ilegal por omisión, al no prever ninguna reserva para personas con discapacidad en lo atinente a las 573 plazas de secretarios e interventores de la Administración Local cuyo sistema de selección ha de ser el de concurso.
El citado real decreto establecía plazas de estabilización del empleo para contribuir a reducir la temporalidad en las administraciones públicas.
La sentencia no solo declara la nulidad de este aspecto de la convocatoria de plazas de estabilización, sino que impone las costas del proceso judicial a la Administración General del Estado hasta un máximo de 3.000 euros.