El Gobierno aprueba el reglamento que obliga a inscribir los más de 4 millones de VMP que circulan en España. Sin este trámite, no será posible contratar el seguro obligatorio exigido por ley
MADRID – Los patinetes eléctricos y demás Vehículos de Movilidad Personal (VMP) entran en una nueva era de regulación. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Registro de Vehículos Personales Ligeros, un paso administrativo que se vuelve indispensable para cumplir con la ley: a partir de ahora, ningún patinete podrá tener seguro si no está inscrito previamente en la DGT.
Este registro es la pieza que faltaba para activar la obligatoriedad del seguro que entró en vigor el pasado 2 de enero. Con una estimación de 4 millones de unidades en las calles, el objetivo es tener identificados a los vehículos y garantizar la responsabilidad civil en caso de accidente.

¿Cómo inscribir tu patinete? Guía rápida
El proceso se ha diseñado para ser mayoritariamente digital, aunque existen varias opciones:
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Sede Electrónica de la DGT: Es la vía principal para los propietarios (o tutores de menores).
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Ayuda telefónica: El número 060 ofrecerá asistencia paso a paso.
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Canales externos: También podrás realizar el trámite a través de agentes de seguros, gestores administrativos o, próximamente, en la misma tienda donde compres el vehículo.
El distintivo: La nueva «etiqueta» obligatoria
Una vez inscrito y pagada la tasa correspondiente, recibirás un certificado de inscripción digital. Con este documento, deberás acudir a un manipulador de placas autorizado para comprar una etiqueta identificativa que deberá ir colocada en el vehículo.
¿Qué pasa si mi patinete es antiguo y no tiene certificado?
La normativa distingue dos situaciones según el modelo que tengas:
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Modelos certificados (comprados después de enero de 2024): Cuentan con placa de marcaje y ficha técnica. Solo necesitas aportar el número de serie y el certificado de fábrica.
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Modelos antiguos (sin certificado): Se les aplica un régimen transitorio. Podrás inscribirlos aportando la factura o una fotografía del vehículo. Atención: Estos patinetes solo podrán circular hasta el 22 de enero de 2027. Después de esa fecha, quedarán prohibidos.
Multas: El coste de no cumplir
Circular sin las nuevas reglas puede salir muy caro. La Ley del Seguro establece las siguientes sanciones:
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Por no tener seguro: Entre 250 y 800 euros.
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Por falta de registro: Las multas administrativas oscilan entre los 202 y 610 euros.
Además, al igual que los coches, los cambios de nombre (compraventa) deberán notificarse en un plazo de 30 días, y el desguace solo podrá hacerse en centros autorizados para que el vehículo sea dado de baja oficialmente en el sistema.




