La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a los raperos David Calvo, conocido artísticamente como El Jincho, y Escol Osiris, Osiris l’Enemic, del delito de agresión sexual por el que estaban siendo juzgados tras la denuncia presentada por una menor con discapacidad después de un concierto celebrado en Mislata en 2023.
La Fiscalía solicitaba 13 años de prisión para ambos artistas. Sin embargo, el tribunal ha concluido que las pruebas practicadas durante el juicio no permiten desvirtuar la presunción de inocencia y considera que existe una «duda razonable» sobre los hechos denunciados.
El tribunal aprecia contradicciones en la versión de la denunciante
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, el mismo órgano judicial que recientemente condenó al futbolista Rafa Mir en otro procedimiento distinto, sostiene que durante el juicio aparecieron elementos que generan incertidumbre suficiente para impedir una condena.
Entre ellos, la sentencia destaca las diferencias entre las primeras declaraciones prestadas por la denunciante ante la Policía y las posteriores realizadas ante los médicos forenses, especialmente en relación con el lugar donde supuestamente ocurrieron los hechos.
Los testimonios y las cámaras influyeron en la decisión
La resolución también concede relevancia a la declaración de una amiga de la denunciante, presente en una de las habitaciones donde se alojaban los artistas, quien aseguró durante la vista oral que no presenció ninguna agresión sexual ni observó una situación que considerara grave.
A ello se suma el testimonio de la recepcionista del establecimiento, que describió una interacción normal con la joven cuando esta preguntó dónde podía comprar comida, sin solicitar ayuda ni mostrar signos aparentes de encontrarse en peligro.
Los magistrados también valoraron las imágenes captadas por las cámaras de seguridad del local. Según la sentencia, en ellas no se aprecian indicios externos de violencia, coacción o intimidación durante la entrada y salida de la denunciante junto a los dos acusados.
La edad de la denunciante, otro aspecto analizado
Otro de los elementos que analiza la Audiencia es el conocimiento que los acusados pudieran tener sobre la edad de la joven.
El tribunal considera que no ha quedado acreditado que supieran que era menor de edad, ya que accedió a la zona VIP del establecimiento, un espacio reservado habitualmente para mayores de edad.
La sentencia todavía puede recurrirse
Con todos estos elementos, la Audiencia concluye que persiste una duda racional sobre la comisión de los hechos denunciados y acuerda la absolución de ambos procesados.
La resolución no es firme y podrá ser recurrida mediante un recurso de apelación.



