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Home España e internacional

El Supremo considera aplicable la amnistía a Puigdemont y confirma el levantamiento de su orden de detención

José Perez por José Perez
octubre 19, 2026
en España e internacional
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Puigdemont1
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El magistrado Pablo Llarena rechaza el recurso de Vox contra la decisión adoptada el 6 de octubre y asume la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la amnistía del delito de malversación. La resolución permite mantener sin efecto las órdenes de detención, aunque advierte de que todavía queda pendiente una decisión definitiva sobre el cierre de la causa judicial.

Valencia, 19 de octubre de 2026. El Tribunal Supremo ha dado un nuevo paso en la aplicación de la ley de amnistía al expresidente de la Generalitat de Cataluña y líder de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont.

El magistrado instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, ha confirmado el levantamiento de la orden de detención contra Puigdemont y ha considerado extensible a su situación la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional sobre la amnistía del delito de malversación.

La decisión figura en un auto conocido este lunes 19 de octubre, según ha informado Europa Press.

El pronunciamiento supone un cambio relevante en la situación procesal del dirigente independentista, aunque no equivale todavía al archivo definitivo de la causa.

Llarena rechaza el recurso presentado por Vox

La nueva resolución responde al recurso presentado por la acusación popular ejercida por Vox.

La formación había impugnado la decisión adoptada por Llarena el pasado 6 de octubre, cuando el magistrado dejó provisionalmente sin efecto las órdenes de detención contra Carles Puigdemont y el exconsejero catalán Toni Comín.

Ahora, el instructor desestima ese recurso y mantiene su decisión anterior.

La resolución confirma que las órdenes de detención levantadas el 6 de octubre no vuelven a entrar en vigor como consecuencia de la impugnación presentada por Vox.

Sin embargo, el magistrado establece expresamente que su decisión tiene un alcance procesal limitado.

La sentencia del Constitucional sobre Dolors Bassa resulta determinante

El fundamento jurídico de la decisión se encuentra en la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional al resolver el recurso de amparo de la exconsejera catalana Dolors Bassa.

En aquella sentencia, el Constitucional estableció una interpretación sobre la aplicación de la ley de amnistía al delito de malversación.

Llarena considera que esa doctrina también resulta aplicable al caso de Puigdemont.

La importancia de esta interpretación radica en que la malversación había sido uno de los principales obstáculos jurídicos para aplicar la amnistía a determinados dirigentes del procés.

La nueva resolución del Supremo asume que la doctrina constitucional debe extenderse a la situación examinada.

Llarena aplica la doctrina aunque discrepe de sus argumentos

Uno de los aspectos más relevantes del auto es la posición expresada por el magistrado respecto a la interpretación del Tribunal Constitucional.

Llarena señala que la doctrina establecida debe aplicarse incluso cuando no se compartan los razonamientos jurídicos que la sustentan.

La discrepancia del instructor no puede condicionar ni retrasar el cumplimiento de lo resuelto por el órgano de garantías constitucionales.

Esta afirmación pone de manifiesto la diferencia entre el criterio jurídico personal de un magistrado y la obligación institucional de aplicar las resoluciones vinculantes del Tribunal Constitucional.

En consecuencia, el instructor mantiene el levantamiento de las órdenes de detención.

¿Significa que Puigdemont ya está definitivamente amnistiado?

La respuesta requiere distinguir dos cuestiones jurídicas.

Por una parte, el Tribunal Supremo considera aplicable al caso de Puigdemont la doctrina constitucional relativa a la amnistía de la malversación.

Por otra, todavía no se ha dictado en este procedimiento la resolución definitiva que declare extinguida la responsabilidad penal y acuerde el sobreseimiento correspondiente.

El propio Llarena advierte de que su decisión no supone la conclusión del sumario.

El procedimiento continúa pendiente de determinados recursos y actuaciones.

Por tanto, el levantamiento de la orden de detención no debe confundirse con el archivo definitivo de la causa.

La Sala de lo Penal deberá adoptar la decisión definitiva

El magistrado instructor recuerda que, en este procedimiento ordinario, corresponde a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo pronunciarse definitivamente sobre la extinción de la responsabilidad y el sobreseimiento.

Esta precisión delimita el alcance de las competencias del instructor.

Llarena puede resolver sobre las medidas cautelares y las órdenes de detención dentro de sus atribuciones, pero la resolución final sobre el procedimiento corresponde al órgano judicial competente.

El auto conocido este lunes no sustituye esa decisión.

¿Qué ocurre con Toni Comín?

La decisión del 6 de octubre también había dejado sin efecto provisionalmente la orden de detención contra el exconsejero Toni Comín.

El recurso de Vox se dirigía contra aquella resolución.

La desestimación mantiene la decisión impugnada en los términos establecidos por el instructor.

No obstante, el texto facilitado no permite afirmar que se haya dictado una resolución definitiva de sobreseimiento respecto a Comín.

Su situación procesal también debe distinguirse del cierre definitivo de la causa.

La diferencia entre levantar una orden de detención y archivar una causa

La resolución permite explicar una distinción jurídica fundamental.

Una orden de detención es una medida procesal destinada a asegurar la actuación de la justicia respecto a una persona investigada o procesada.

Su levantamiento significa que esa medida deja de estar vigente en los términos establecidos por la resolución judicial.

Sin embargo, la desaparición de una orden de detención no implica necesariamente que el procedimiento penal haya concluido.

El archivo o sobreseimiento requiere una decisión específica del órgano judicial competente.

En el caso de Puigdemont, Llarena ha insistido precisamente en esta diferencia.

Un nuevo escenario judicial para el expresidente catalán

La aplicación de la doctrina del Constitucional modifica la situación procesal de Puigdemont.

La orden de detención levantada provisionalmente el 6 de octubre continúa sin efecto después de que el Supremo haya rechazado el recurso de Vox.

La resolución también indica que el criterio del Constitucional sobre la malversación resulta aplicable al caso.

Sin embargo, la situación judicial no puede darse por definitivamente resuelta hasta que se adopten los pronunciamientos pendientes.

La amnistía y sus consecuencias políticas

La ley de amnistía ha constituido uno de los asuntos centrales del debate político y jurídico español desde su aprobación.

Su aplicación a los dirigentes vinculados al procés ha generado diferentes interpretaciones judiciales y recursos.

La nueva decisión del Supremo tiene consecuencias para la situación procesal de Puigdemont y se produce en un contexto político en el que Junts mantiene un papel relevante en la política española.

No obstante, el auto conocido este lunes es una resolución judicial y no establece por sí mismo nuevas decisiones políticas ni acuerdos parlamentarios.

El procedimiento continúa pendiente de resolución

El Tribunal Supremo ha confirmado el levantamiento de la orden de detención contra Puigdemont y ha considerado aplicable la doctrina constitucional sobre la amnistía de la malversación.

La decisión supone un avance procesal, pero no pone fin automáticamente al procedimiento.

Pablo Llarena rechaza el recurso de Vox y mantiene sin efecto la orden de detención contra Carles Puigdemont. La decisión definitiva sobre la extinción de la responsabilidad penal y el sobreseimiento corresponde a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, por lo que la causa todavía no puede considerarse formalmente cerrada.

José Perez

José Perez

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