El Congreso de los Diputados ha aprobado esta semana una importante reforma de la Ley de Seguros de Automóviles, que introduce un cambio clave en la regulación de los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP).
A partir del 2 de enero de 2026, será obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil en vigor para poder circular legalmente con estos vehículos por las calles de toda España.
La reforma fue aprobada con 178 votos a favor, mientras que el Partido Popular se abstuvo en bloque, y Vox y UPN votaron en contra.
La modificación legislativa amplía la categoría de vehículos obligados a disponer de seguro, incluyendo los vehículos personales ligeros: eléctricos, de una sola plaza, que circulen a un máximo de 25 km/h si pesan menos de 25 kilos o a un máximo de 14 km/h si superan ese peso.
Seguro, identificación y nuevas exigencias técnicas
Con esta ley, los usuarios de patinetes eléctricos tendrán seis meses desde su entrada en vigor para contratar el seguro obligatorio sin riesgo de ser sancionados.
El Gobierno deberá tener listo para entonces un registro público de vehículos personales ligeros, en el que se inscriban todos los VMP sujetos a la nueva normativa.
Además del seguro, la ley establece otras novedades técnicas de obligado cumplimiento.
Todos los patinetes eléctricos deberán contar con:
- Un certificado de circulación accesible mediante un código QR.
- Una placa identificativa visible en su estructura, como ocurre ya con los ciclomotores.
- Cumplimiento con los requisitos técnicos establecidos por la Dirección General de Tráfico (DGT), disponibles en su página web oficial.
El objetivo principal de la reforma es proteger a las víctimas de accidentes causados por VMP, garantizando asistencia legal y médica y agilizando las indemnizaciones, ajustadas además al IPC.
Esta medida también cumple con la Directiva europea 2021/2118, relativa a la responsabilidad civil en la circulación de vehículos.
¿Qué queda fuera? Casco, edad mínima y chaleco reflectante
A pesar del importante avance legal, la reforma ha sido criticada por algunos sectores al no incluir ciertos elementos de seguridad adicionales.
En concreto, no se fija una edad mínima obligatoria para conducir un patinete eléctrico, a pesar de que muchos municipios exigen como mínimo tener 16 años mediante ordenanzas locales.
Tampoco se establece la obligatoriedad del uso de casco o de chaleco reflectante, dos elementos que numerosos expertos consideran esenciales para mejorar la visibilidad y la protección del conductor, especialmente en trayectos nocturnos o en zonas urbanas con tráfico denso.
Asimismo, no se menciona ninguna regulación específica sobre el uso de la tecnología de matriz, una cuestión emergente en la movilidad urbana.
El precio de los seguros civiles obligatorios para patinetes eléctricos, ya existentes en el mercado, oscila entre los 15 y los 90 euros anuales, dependiendo de las coberturas y de la aseguradora contratada.
Se espera que con la nueva obligación legal, las ofertas aumenten y se diversifiquen, dando más opciones a los usuarios.
Bicicletas eléctricas: ¿quién debe asegurarse?
La reforma también afecta a determinados modelos de bicicletas eléctricas, aunque no todas están obligadas a contar con un seguro.
Según la nueva normativa, sólo estarán sujetas a la obligación aquellas que puedan circular a altas velocidades sin necesidad de pedalear, es decir, aquellas con motor autónomo o acelerador.
En cambio, las bicicletas eléctricas que disponen exclusivamente de un sistema de ayuda o asistencia al pedaleo —las más comunes— están exentas de contratar un seguro obligatorio.
Esta distinción pretende no penalizar el uso de bicicletas asistidas como alternativa sostenible de transporte urbano, al tiempo que se regula más estrictamente a los vehículos de comportamiento más similar al de un ciclomotor.
En definitiva, esta reforma supone un paso decisivo hacia una movilidad urbana más segura y regulada, adaptándose a una realidad en la que los VMP forman parte del paisaje cotidiano de nuestras ciudades.
Si bien la normativa aún deja algunos vacíos en cuanto a edad mínima o elementos de protección, la implantación del seguro obligatorio representa un avance en la protección de peatones y conductores ante los crecientes riesgos del tráfico compartido.