La víctima sufrió heridas que pusieron en riesgo su vida y le causaron secuelas permanentes
Valencia, 1 de agosto de 2025
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a cinco años de prisión a un camarero de un pub de Benidorm por un delito de homicidio en grado de tentativa, tras agredir con un objeto cortante a un cliente durante una discusión en el interior del local. La sentencia también impone una orden de alejamiento de seis años y una indemnización de 42.500 euros para la víctima.
Un ataque brutal tras una discusión en un local de ocio
Los hechos tuvieron lugar la madrugada del 2 de octubre de 2022, en torno a las 2:00 horas, en un pub del centro turístico de Benidorm. Según recoge la resolución judicial, el condenado, trabajador del local, salió de la barra con un objeto afilado y se dirigió directamente hacia el cliente con el que había mantenido una disputa minutos antes.
En un movimiento repentino y con ánimo de matar o al menos asumiendo esa posibilidad, le propinó un golpe directo en el cuello, causando heridas graves en la zona maxilar y cervical. La agresión provocó el sangrado de la arteria carótida y la lesión de un nervio de la laringe, lo que puso en riesgo inmediato la vida de la víctima.
Ingreso en la UCI y operación de urgencia
Tras la agresión, el cliente tuvo que ser trasladado de urgencia al hospital, donde fue intervenido quirúrgicamente y permaneció ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). El informe médico detalla que las lesiones fueron de tal gravedad que tardó 36 días en sanar, quedándole secuelas permanentes, como la parálisis de una cuerda vocal —que le ha generado una alteración persistente en la voz—, además de cicatrices visibles en el mentón y la base del cuello.
Declaraciones consistentes y pruebas forenses clave
La Sala basa su fallo en los testimonios coincidentes de la víctima y dos testigos presenciales, cuyas declaraciones fueron valoradas como “creíbles, persistentes y complementarias”. Estas se alinean con las conclusiones del informe médico forense, que certifica la gravedad del ataque y la proximidad de las lesiones a órganos vitales.
Para el tribunal, queda claro que el camarero actuó con intención homicida, y que solo la rápida intervención médica evitó un desenlace fatal. “La arteria carótida es una conducción sanguínea esencial para la vida”, subraya la sentencia.
Descartada la legítima defensa
La defensa del acusado alegó que actuó en legítima defensa durante el altercado, argumento que ha sido descartado por el tribunal. La Sala considera que la agresión fue posterior a la discusión y efectuada de forma sorpresiva, sin que exista evidencia de una amenaza inminente que justificara tal reacción.
Medidas accesorias y posibilidad de recurso
Además de la pena de prisión, el condenado no podrá acercarse a menos de 300 metros de la víctima ni comunicarse con ella por ningún medio durante seis años. También deberá indemnizar con 42.500 euros a la víctima por los perjuicios físicos y psicológicos sufridos.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.