Un hombre ha sido sentenciado por prender fuego a un colchón bajo un puente en la capital alicantina, poniendo en riesgo la vida de varias personas sin hogar.
Un incendio con consecuencias humanas y judiciales
La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a cinco años de prisión a un hombre que, el pasado 2 de mayo de 2024, provocó un incendio en una zona de chabolas situada bajo un puente cercano a la plaza del Grafitero Kiz. El fuego se originó tras prender con un mechero un colchón donde pernoctaban varias personas sin hogar. Aunque no hubo víctimas mortales, las consecuencias materiales y el riesgo para la vida fueron evidentes.
La resolución, dictada por la Sección Tercera del tribunal provincial, considera al acusado responsable de un delito de incendio, aplicando la atenuante de drogadicción. El fallo también contempla una indemnización económica a favor de los tres hombres afectados, quienes perdieron sus escasos enseres personales en el siniestro. La cuantía de esta compensación se determinará en la fase de ejecución de sentencia.
“Lo quemó todo y salimos corriendo”: testimonio desde la calle
El incendio tuvo lugar alrededor de las 9:30 horas de la mañana. Según recoge la sentencia, el ahora condenado prendió fuego deliberadamente a un colchón, pese a que tenía pleno conocimiento de que había personas durmiendo en la zona. Las chabolas, construidas con cartones y materiales precarios, se convirtieron en una trampa de fuego en cuestión de segundos.
Uno de los afectados, Juan Carlos, relató ante la policía: “Lo quemó todo y salimos corriendo, casi no nos dio tiempo a salvar nada”. El suceso generó un gran susto entre los residentes de la zona, que viven bajo condiciones de extrema vulnerabilidad.
Además del destrozo de las chabolas, el incendio alcanzó parcialmente un vehículo estacionado sobre el puente, lo que subraya la peligrosidad del acto.
Alegó vivir allí y negó los hechos
Durante el juicio, el acusado negó los hechos y argumentó que él también vivía en el lugar, por lo que no tenía sentido que destruyera su propio refugio. Sin embargo, el tribunal desestimó esta defensa, apoyándose en múltiples testimonios de testigos presenciales, incluidos agentes de la Policía Nacional y los propios perjudicados.
La Policía Judicial aportó pruebas concluyentes que confirmaban la autoría del incendio por parte del procesado, quien ya contaba con antecedentes relacionados con el consumo de sustancias estupefacientes.
Un caso que evidencia la fragilidad del sinhogarismo urbano
Este caso pone de relieve la realidad que muchas personas sin hogar viven a diario en ciudades como Alicante, donde las zonas de infravivienda suelen carecer de cualquier tipo de seguridad o supervisión institucional. La zona afectada, bajo un puente en una de las salidas principales de la ciudad, era conocida entre los servicios sociales por albergar a personas en situación de exclusión social.
Vecinos del barrio de San Blas, cercano a la plaza del Grafitero Kiz, señalaron tras el suceso que no es la primera vez que se producen incidentes en el entorno del puente. “Hace meses ya hubo un incendio pequeño, pero este ha sido brutal. Las llamas llegaban hasta arriba del puente”, afirmaba una vecina que prefirió no identificarse.
La sentencia no es firme
Aunque el tribunal ha dictado una condena clara, la sentencia no es firme. El acusado tiene derecho a presentar recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, lo que podría modificar la resolución final.
Mientras tanto, los afectados intentan reconstruir sus vidas. Los servicios sociales del Ayuntamiento de Alicante han intervenido para proporcionarles atención básica, aunque las soluciones estructurales a su situación aún parecen lejanas.
📌 Contexto jurídico: ¿qué implica un delito de incendio?
El Código Penal español considera el incendio como un delito grave, especialmente cuando se produce con riesgo para las personas. En este caso, la presencia de personas durmiendo en el lugar agravó el hecho, y el tribunal entendió que hubo intención o, al menos, conocimiento del riesgo que implicaba la acción.
La pena de prisión de cinco años es consecuencia directa del artículo 351 del Código Penal, aunque atenuada por la drogadicción reconocida del condenado.
Preguntas frecuentes (FAQs)
¿Por qué se aplicó la atenuante de drogadicción?
Porque el acusado se encontraba bajo el efecto de sustancias y tiene historial de dependencia, lo que puede afectar parcialmente su responsabilidad penal.
¿Cuál es la ubicación exacta del incendio?
Debajo de un puente cercano a la plaza Grafitero Kiz, en una zona periférica de Alicante que sirve como refugio para personas sin hogar.
¿Qué pasa si el acusado recurre la sentencia?
La causa pasará al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que puede confirmar, modificar o anular la sentencia.
🌍 Conclusión: pobreza, fuego y justicia en la calle
La tragedia vivida bajo ese puente alicantino es reflejo de una problemática más profunda: la convivencia forzada de la miseria, la marginalidad y la falta de respuestas institucionales. El incendio fue solo el síntoma visible de una bomba de relojería social. Ahora, la justicia ha dado un paso. Pero la pregunta permanece: ¿quién cuida a quienes no tienen dónde dormir?