Valencia, 25 de septiembre de 2025
El Tribunal Supremo ha cerrado de manera definitiva las denuncias interpuestas contra el teniente general Francisco Javier Marcos Izquierdo, jefe de la Unidad Militar de Emergencias (UME), en relación con la tragedia de la DANA del 29 de octubre de 2024 en Valencia. La Sala de lo Militar del Alto Tribunal ha acordado la inadmisión a trámite y archivo de las acciones legales presentadas por particulares que le atribuían un despliegue de medios “insuficiente” durante las labores de emergencia.
Denuncias por presunta omisión de socorro
Las denuncias, presentadas inicialmente en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Catarroja y remitidas al Supremo por la falta de jurisdicción, imputaban al jefe de la UME supuestos delitos de homicidio por imprudencia profesional grave, omisión del deber de socorro, denegación de auxilio, abandono del servicio o incumplimiento del deber militar.
Los denunciantes sostenían que Marcos Izquierdo debió ordenar la movilización de todos los efectivos disponibles de la UME en la Península e incluso del resto de las Fuerzas Armadas en un radio de 500 kilómetros.
Argumentación del Supremo
El auto del Supremo desmonta esa tesis por basarse en “conjeturas y suposiciones sin base en hechos concretos”. El tribunal recuerda que, aunque las denuncias señalaban a supuestas omisiones, no aportaban ninguna acción u omisión específica que constituyera delito.
Los magistrados subrayan que no consta que el militar incumpliese sus deberes jurídicos, ni dolosa ni imprudentemente, en el marco de sus competencias. Además, recuerdan que la actuación de la UME está regulada por un Protocolo de Intervención que establece de forma precisa los niveles de movilización en función de la magnitud de la emergencia.
En ese sentido, exigir que se activaran “todas las Fuerzas Armadas” en respuesta a un episodio de lluvias torrenciales constituye, a juicio del Supremo, “un deber desmesurado en abstracto”, que no puede imponerse como responsabilidad penal al mando de la UME.
Contexto: la tragedia del 29 de octubre
La DANA del 29 de octubre de 2024 dejó un saldo devastador en la Comunitat Valenciana: 229 fallecidos y miles de damnificados. La magnitud del desastre abrió un intenso debate sobre la previsión meteorológica, la gestión de la emergencia y la coordinación entre administraciones.
El papel de la UME fue clave en las tareas de rescate y atención a la población, pero algunos colectivos de víctimas consideraron insuficiente la rapidez y magnitud del despliegue, lo que derivó en denuncias finalmente descartadas por la justicia militar.
Un auto contundente
La Sala concluye que el deber jurídico que nace de la posición institucional de un mando militar “no puede desbordarse por conjeturas” ni puede sustentarse en la idea de que la no movilización total de las Fuerzas Armadas fuese “causa de mortalidad y penalidades”.
“Tal tipo de argumentación carece de la más mínima consistencia para configurar un hecho a los efectos de abrir un proceso penal”, recoge textualmente el auto.
Con esta resolución, el Supremo cierra definitivamente la vía penal contra el jefe de la UME y despeja cualquier responsabilidad individual en el ámbito militar por su papel durante la gestión de la DANA.