La Comunidad Valenciana permitirá que menores de tres años con discapacidad obtengan la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, siempre que cumplan los criterios médicos y funcionales establecidos.
La Conselleria de Servicios Sociales ha confirmado que las trabas que existían hasta ahora se debían a un fallo informático en el sistema que emite los certificados de discapacidad.
Dicho problema fue detectado y resuelto en 2024, abriendo la puerta a que las familias con hijos pequeños en esta situación puedan acceder a este derecho.
Esta medida llega después de la resolución emitida por el Síndic de Greuges, que criticó a la Generalitat por las dificultades impuestas a menores de tres años.
El caso que detonó la intervención fue el de un niño de dos años y medio, con un 65 % de discapacidad y grado máximo de dependencia, al que se le denegó el reconocimiento de movilidad reducida por su edad.
El defensor del pueblo autonómico pidió a la administración que revisara sus criterios y los alineara con los de otras autonomías donde no se establece un límite de edad.
Un problema técnico, no legal
Desde la Conselleria que dirige la vicepresidenta Susana Camarero se insiste en que la exclusión automática de menores de tres años no obedecía a un criterio político ni legal, sino a una limitación del software usado por los equipos de valoración.
La versión anterior de este sistema no permitía registrar la condición de movilidad reducida en menores de esa edad, incluso cuando el informe médico lo justificaba.
Según explican, el error ya está subsanado:
“Hoy cualquier menor que reúna los requisitos puede ver reflejada esta condición en su certificado, lo cual es imprescindible para acceder a derechos como la tarjeta de aparcamiento”.
Pero la Conselleria no se quedará ahí. Además de corregir el problema técnico, trabaja en una reforma del decreto autonómico que regula la expedición de estas tarjetas.
El nuevo texto, cuyo borrador está avanzado, incluirá expresamente a menores de tres años que requieran el uso continuado de dispositivos técnicos como sillas de ruedas, andadores o respiradores.
Diferencias con otras comunidades autónomas
El Síndic de Greuges recordó que el Real Decreto 1056/2014, que regula las tarjetas de estacionamiento en varias comunidades como Cataluña, Asturias o Andalucía, no menciona la edad como criterio, ni para excluir ni para incluir.
Además, hay autonomías con normativa propia —Aragón, Navarra o País Vasco— que sí reconocen de forma explícita el derecho de los menores de tres años con discapacidad que dependan de aparatos técnicos para sus funciones vitales.
Esto pone de manifiesto que la posición previa de la Comunidad Valenciana era más restrictiva que la de otros territorios.
No solo aparcamiento, también otros beneficios
Actualmente, para acceder a la tarjeta de aparcamiento es imprescindible contar con el certificado oficial de discapacidad que recoja la condición de movilidad reducida.
Este reconocimiento no solo da derecho a estacionar en plazas reservadas, sino que también abre el acceso a ayudas económicas, adaptaciones de vivienda y del entorno educativo, así como prioridad en determinados servicios públicos.
El caso que originó esta reforma se agravó por los retrasos administrativos: la solicitud inicial, presentada en diciembre de 2023, tardó diez meses en resolverse, superando ampliamente el plazo legal de tres meses.
La denegación, basada únicamente en la edad, llevó a la familia a acudir al defensor del pueblo, que finalmente consiguió impulsar el cambio.
Con la corrección del error informático y la futura reforma normativa, la Comunidad Valenciana se equipara a otras regiones, garantizando que la edad no sea un obstáculo para que los menores de tres años con discapacidad puedan beneficiarse de un derecho que puede marcar una gran diferencia en su calidad de vida y en la de sus familias.
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