El alto tribunal considera que no se trató de una simple “bravuconada” sino de una propuesta seria que ponía en riesgo el orden constitucional
Valencia – El Tribunal Supremo ha ratificado la condena impuesta por la Audiencia Nacional a Manuel Murillo Sánchez, un hombre que en 2018 expresó su intención de matar al entonces presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a través de un chat de WhatsApp. La pena, de ocho años y nueve meses de prisión, se basa en delitos de depósito de armas de guerra, depósito de municiones y proposición para atentar contra la autoridad del Estado.
Una propuesta «seria y sostenida en el tiempo»
En su sentencia, el Supremo descarta que las afirmaciones del acusado pudieran considerarse como una mera «bravuconada» o manifestaciones carentes de contenido real. Los magistrados destacan que Murillo actuó con voluntad deliberada de generar un cambio político violento, lo cual constituye una conducta especialmente grave por sus implicaciones institucionales.
“El acusado no se limitó a un comentario esporádico, sino que manifestó de forma reiterada su intención de asesinar al presidente del Gobierno, se ofreció a ejecutar el crimen, buscó aliados y disponía de un arsenal suficiente para causar un daño letal”, señala el fallo.
Un arsenal militar en su domicilio
La detención de Murillo se produjo en 2018 en Terrassa, tras la denuncia de miembros del grupo de WhatsApp en el que participaba. Durante el registro en su domicilio, la Policía Nacional halló 16 armas de fuego, entre ellas fusiles de precisión, subfusiles automáticos y una pistola ametralladora, además de miles de cartuchos y un arsenal de carácter militar sin legalizar.
El Supremo subraya la “peligrosidad objetiva” del acusado, quien además formaba parte de un club de tiro y tenía formación en el manejo de armas, lo que aumentaba significativamente el nivel de amenaza que suponía.
Motivaciones ideológicas
Los jueces también ponen el foco en la motivación delictiva. Manuel Murillo sostenía una ideología ultraderechista y, según se desprende del sumario, se oponía frontalmente a la exhumación de los restos de Francisco Franco del Valle de los Caídos, acontecimiento que coincidía con el momento de sus amenazas.
“Su intención no era solo expresar una opinión política, sino llevar a cabo un acto violento con fines claramente ideológicos. Pretendía asesinar al presidente del Gobierno para alterar el funcionamiento de las instituciones democráticas”, argumenta la sentencia.
Sin atenuantes ni arrepentimiento
La defensa solicitó la nulidad parcial de la condena y la rebaja de las penas, alegando que los hechos no se consumaron, que no hubo plan detallado y que el acusado nunca se acercó realmente a Sánchez. No obstante, el Supremo ha desestimado esos argumentos al considerar que la mera proposición de cometer un asesinato contra un jefe de Estado, cuando se acompaña de medios materiales para hacerlo, ya es en sí un delito gravísimo.
Tampoco se ha tenido en cuenta ningún atenuante de arrepentimiento o colaboración con la justicia, ya que Murillo no ha mostrado señales de reconsiderar su conducta ni ha aportado datos relevantes para esclarecer otros posibles delitos.
Claves del caso
- Condenado: Manuel Murillo Sánchez
- Pena confirmada: 8 años y 9 meses de prisión
- Delitos: Proposición para asesinar al presidente del Gobierno, depósito ilegal de armas de guerra y municiones
- Armas incautadas: 16 armas de fuego, incluidos fusiles y pistolas automáticas
- Motivación: Ideológica, contraria al Gobierno y a la exhumación de Franco
- Lugar de detención: Terrassa (Barcelona)
- Año de los hechos: 2018
Este caso reabre el debate sobre el control de las armas en manos de civiles, el uso de grupos de mensajería como plataformas de radicalización y el peligro que representan ciertos discursos extremistas cuando se acompañan de intenciones violentas. El Supremo, con su fallo, lanza un mensaje claro: la democracia española no tolerará amenazas a sus instituciones, ni siquiera en fase de planificación.