El Tribunal Supremo (TS) de España ha emitido hoy, 20 de noviembre de 2025, una sentencia histórica que condena al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, a dos años de inhabilitación absoluta por un delito de revelación de secretos. Esta decisión, que no incluye pena de prisión pero sí la suspensión inmediata de sus funciones, marca un precedente inédito en la democracia española, ya que es la primera vez que un fiscal general en ejercicio es condenado penalmente por hechos relacionados con su cargo. La sentencia, adoptada por la Sala de lo Penal del TS con mayoría de cinco votos a favor y dos en contra, se basa en indicios concluyentes de que García Ortiz filtró información reservada a la prensa, afectando gravemente los derechos de defensa de un investigado.
Contexto del caso: La filtración del «correo de la confesión»
El origen de esta condena se remonta a marzo de 2024, en el marco de la investigación por fraude fiscal contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. González Amador estaba acusado de defraudar más de 350.000 euros a Hacienda mediante un esquema de facturas falsas en su empresa de publicidad. Su abogado, Juan Gonzalo Ospina, envió un correo electrónico a la fiscalía proponiendo un pacto de conformidad: una «confesión» a cambio de una multa reducida y la evitación de juicio.
- La filtración clave: El 13 de marzo de 2024, la Cadena SER publicó en exclusiva el contenido literal de ese correo, incluyendo frases como «mi cliente confiesa la autoría de los hechos». La información se difundió rápidamente, frustrando el pacto y exponiendo públicamente a González Amador antes de cualquier resolución judicial.
Rol de García Ortiz: Como fiscal general, García Ortiz ordenó que el correo se remitiera a su cuenta personal de Gmail (en lugar de canales institucionales seguros), lo que facilitó su manejo. Además, el 15 de marzo, la Fiscalía emitió una nota de prensa que citaba textualmente extractos del email, argumentando que era un «desmentido» a informaciones previas. Sin embargo, el TS ya había descartado en fases previas que esta nota por sí sola constituyera delito, ya que parte de su contenido ya era público.
Indicios contra él: Durante el juicio, se destacaron acciones como el borrado de mensajes de WhatsApp y el formateo de su móvil el mismo día en que se abrió la causa (16 de octubre de 2024), interpretados como intentos de ocultación. No hubo prueba directa de la filtración, pero el TS valoró «indicios múltiples y convergentes» (como el nexo causal con la Cadena SER y la ausencia de explicaciones alternativas) para superar la presunción de inocencia.
El caso se inició con querellas del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF), Manos Limpias y el propio González Amador, que denunciaron una «sentencia mediática» que vulneró su derecho a la presunción de inocencia.
El juicio: Dos semanas de sesiones inéditas
El proceso oral, que duró del 3 al 13 de noviembre de 2025 en la Sala de lo Penal del TS, fue el primero contra un fiscal general en activo. Presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, contó con siete ponentes y más de 40 testigos, incluyendo periodistas, fiscales y peritos de la UCO (Guardia Civil).
| Aspecto clave del juicio | Detalles destacados |
|---|---|
| Testimonios de periodistas | Seis reporteros (de Cadena SER, EL MUNDO, La Sexta, Vozpópuli y otros) declararon, pero ninguno confirmó directamente a García Ortiz como fuente. Varios invocaron el «secreto profesional» para no revelar orígenes, aunque uno admitió que la información pudo provenir de la Fiscalía de Madrid (encabezada por Almudena Lastra). Esto generó dudas sobre la autoría exacta. |
| Defensa de García Ortiz | Presentado como «víctima de un juicio paralelo» por filtraciones mediáticas. Argumentó que no había «secreto» (el contenido ya circulaba) y que el borrado de datos fue por «protección de privacidad». La Abogacía del Estado y la Fiscalía pidieron absolución absoluta. |
| Acusaciones | – ICAM: 4 años de cárcel, 3 años de suspensión e inhabilitación, multa de 81.000 €. – Manos Limpias: 4 años de cárcel, suspensión 3 años, multa 216.000 €. – APIF: 6 años de cárcel + 12 de inhabilitación por prevaricación. – González Amador: 4 años de cárcel + indemnización de 400.000 €. |
| Elementos controvertidos | Surgieron «claroscuros» como posibles filtraciones políticas (un correo de la exasesora de Moncloa Pilar Sánchez-Acera al PSOE) y críticas al juez instructor Ángel Hurtado por «parcialidad». |
La sentencia: Dos años de inhabilitación, sin prisión
- Pena impuesta: Dos años de inhabilitación absoluta (artículo 417.2 del Código Penal), que implica la destitución inmediata como fiscal general y la prohibición de ejercer funciones públicas. No se impone prisión (las acusaciones pedían hasta 6 años), pero sí multa e indemnizaciones pendientes de cuantificación final.
Fundamentos: El TS concluye que la filtración causó «perjuicio real» a González Amador, al exponerlo como «defraudador confeso» antes de juicio, violando su derecho de defensa. Rechaza la prevaricación por falta de pruebas, pero califica los indicios como «suficientes para inferir la autoría».
- Votos particulares: Dos magistrados disienten, argumentando que los indicios son «probabilidades» insuficientes y que el caso responde a un «entorno adverso» político.
Reacciones inmediatas
- Gobierno y PSOE: El Ejecutivo de Pedro Sánchez guarda silencio oficial, pero fuentes socialistas lo ven como un «golpe institucional». La vicesecretaria del PSOE, Pilar Alegría, ha calificado la sentencia de «desproporcionada».
- PP y oposición: Isabel Díaz Ayuso celebra la «justicia por fin», exigiendo la dimisión inmediata y acusando al Gobierno de «corrupción en la Fiscalía». El líder popular, Alberto Núñez Feijóo, habla de «fin de la impunidad».
- Fiscalía y Abogacía: La teniente fiscal Ángeles Sánchez Conde defiende la «inocencia» de García Ortiz y anuncia recurso de casación. La Abogacía del Estado, que lo defendió en juicio, lo reitera: «Es inocente de todo».
- Colegios profesionales: El ICAM y APIF aplauden la condena como «defensa del Estado de Derecho», mientras Manos Limpias la tacha de «suave» y pide más penas.
- Medios y expertos: Analistas como los de EL PAÍS ven en ello un «claroscuro» judicial, con indicios sólidos pero sin prueba directa, lo que abre la puerta a apelaciones. En redes, #GarcíaOrtizCond enado es tendencia, con memes y debates sobre politización de la Justicia.
Implicaciones y próximos pasos
Esta condena paraliza de facto el Ministerio Fiscal hasta que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) nombre un interino. García Ortiz, de 57 años, podría recurrir ante el Tribunal Constitucional o Estrasburgo, pero su carrera está en entredicho. El caso reaviva debates sobre la independencia fiscal y el uso político de filtraciones, en un contexto de tensión entre Gobierno y oposición por el «caso Ayuso». Si la sentencia es firme, podría derivar en investigaciones paralelas por infidelidad en custodia de documentos.
















