El presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, ha anunciado hoy un importante paquete de ayudas destinado a las personas afectadas por la pérdida de sus vehículos durante las riadas del pasado 29 de octubre.
Este plan incluye medidas directas y rápidas para apoyar la movilidad y recuperación de los damnificados.
Hay miles de personas que aún no saben donde se encuentra su vehículo o lo sabía y se lo han cambiado de ubicación sin previo aviso y por lo tanto solo está tramitada la baja por via administrativa, deberán mejorar esta localización porque frena la solicitud de la ayuda.
Resumen de las medidas más destacadas
Ayudas Económicas Directas
- Importes según tipo de vehículo siniestrado:
- Ciclomotores: 250 euros.
- Motocicletas: 750 euros.
- Turismos, furgonetas y vehículos similares: 2.000 euros.
- Vehículos adaptados para personas con movilidad reducida: 2.500 euros.
- Dotación inicial: 250 millones de euros, ampliables según necesidades.
- Solicitud: Disponible desde el 16 de enero y hasta el 28 de febrero de 2025.
Facilidades y Exenciones
Carlos Mazón ha indicado:
“se ha simplificado el procedimiento al máximo y eliminado la documentación superflua para que los solicitantes puedan tramitar las ayudas de manera muy sencilla e intuitiva”
- Tramitación simplificada:
- Procedimiento ágil con cita previa en la sede electrónica o presencial en las oficinas post emergencia.
- Documentación mínima: NIF, matrícula del vehículo, expediente del siniestro, cuenta bancaria, y declaración responsable.
- Sin impuestos ni burocracia:
- Las ayudas no estarán sujetas a tributación ni intereses.
- Exenciones fiscales:
- Bonificación del 100% del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para vehículos de segunda mano.
- Deducción del 100% en el IRPF por daños en vivienda habitual.
- Exención en el canon de saneamiento del agua, entre otras medidas.
“con la movilización de ayudas directas, ágiles y eficaces, para atender las necesidades de las personas damnificadas con un dinero que se ingresará directamente al beneficiario y que, en ningún caso, tendrá ningún tipo de tributación o intereses”
Requisitos para Beneficiarios
- Personas físicas, con o sin actividad económica, propietarias de vehículos asegurados declarados siniestro total por las riadas.
- Baja temporal o definitiva del vehículo en la Dirección General de Tráfico (DGT) antes del 31 de diciembre de 2025.
- Categorías de vehículos admitidos: ciclomotor, motocicleta, turismo, furgoneta, entre otros.
Con estas medidas, la Generalitat Valenciana busca acelerar la recuperación de la normalidad para los afectados, garantizando que las ayudas lleguen antes de finalizar el primer trimestre de 2025.
El jefe del Consell ha avanzado que este nuevo paquete de ayudas se aprobará el 14 de Enero en el pleno del Consell:
“dotado con 250 millones iniciales, ampliable en función de las necesidades y sin ningún tipo de condicionante como la compra de un vehículo”
Podrá solicitarse desde el 16 de este mes para que las primeras resoluciones se abonen ya a los beneficiaros antes de finalizar enero.
El objetivo es que el pago de estas ayudas a los solicitantes se efectúe en su totalidad durante el primer trimestre del año.
El president ha vuelto a exigir al Gobierno de España impuestos cero para los afectados y que aclare si tienen que tributar sus ayudas”, al tiempo que ha reclamado el “IVA cero para la reposición y reparación de vehículos.
Solicitud
Solo podrá presentarse una solicitud por cada vehículo siniestrado, por lo que las personas solicitantes deberán presentar una solicitud independiente por cada vehículo de su propiedad que haya resultado siniestrado.
La solicitud a cumplimentar por los beneficiaros deberá rellenarse indicando:
- NIF del solicitante
- número de matrícula del vehículo siniestrado (el vehículo deberá haber causado baja en la Dirección General de Tráfico con motivo de los daños ocasionados por las inundaciones.)
- número de expediente asignado al siniestro por el Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, por la entidad aseguradora e identificación de esta
- cuenta bancaría
- declaración responsable
- Para la concesión inicial de las ayudas será suficiente con que se justifique la baja temporal del vehículo en la DGT y se manifieste el compromiso de tramitar la baja definitiva del vehículo en cuanto sea posible y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2025.
Los vehículos deben encuadrarse en alguna de estas categorías previstas en el Reglamento General de Vehículos:
- ciclomotor, motocicleta, motocarro, automóvil de tres ruedas, turismo, pick-up, camión MMA ≤3.500 kg, furgón/furgoneta MMA ≤ 3.500 kg, derivado de turismo y vehículo mixto adaptable.
Para facilitar y ayudar ante cualquier duda al respecto, se va a habilitar un servicio específico en:
- Teléfono 961613199
- Correo electrónico ajudavehiclesdana@gva.es
Así mismo cabe señalar que toda la información estará disponible en la web tanto de la Agencia Tributaria valenciana como en la web de las ayudas habilitada por la Generalitat:
https://aciara.gva.es/es/