El Consejo de Ministros ha autorizado este mismo viernes a Cataluña a formalizar operaciones de deuda a corto plazo. Lo hace por un importe máximo de 2.668,6 millones de euros.
Esta autorización se efectúa en cumplimiento del artículo 14 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). también en aplicación del artículo 20 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
Cataluña lo ha solicitado para refinanciar deuda
Esta Comunidad Autónoma ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda a corto plazo, por el citado importe. Se
destinarán a atender los vencimientos de deuda a corto plazo del último semestre del año 2023. También para formalizar nuevas operaciones a corto plazo de la Generalitat y entes públicos dependientes de la Comunidad. Esta autorización solo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2023