Diciembre, 2025 – Lo que tradicionalmente era un gesto de gratitud empresarial se ha convertido este año en un campo de batalla administrativo. La intensificación de las inspecciones de la Agencia Tributaria y los cambios en la interpretación de los beneficios sociales han puesto en el punto de mira al producto estrella de las fiestas: la cesta de Navidad.
El «mordisco» en la nómina: El regalo que sale caro
La principal fuente de indignación entre los trabajadores este año no ha sido el contenido de los lotes, sino el impacto en sus extractos bancarios. Al ser consideradas retribución en especie, las cestas deben figurar en la nómina.
Este 2025, Hacienda ha recordado de forma estricta que este importe no solo debe tributar por el IRPF, sino que debe cotizar a la Seguridad Social. El resultado para muchos empleados ha sido un salario neto de diciembre inferior al esperado, ya que el coste del impuesto del regalo ha sido detraído directamente de su sueldo base.
El fin de la «costumbre» en el sector público
El Ministerio de Hacienda ha mantenido una postura firme respecto a las administraciones públicas. Tras las directrices del Tribunal de Cuentas, se ha bloqueado el reparto de cestas en ayuntamientos y organismos estatales que no tuvieran este beneficio blindado en convenio.
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El argumento: El uso de fondos públicos para obsequios «discrecionales» se considera ahora una gestión ineficiente del erario.
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La reacción: Los sindicatos denuncian una pérdida de derechos adquiridos, mientras que el Ministerio defiende la «austeridad y transparencia» en el gasto.
El laberinto de la deducibilidad para las PYMES
Para las empresas, el problema es técnico. Para que una cesta sea deducible en el Impuesto de Sociedades, la empresa debe probar ante Hacienda que existe una «costumbre».
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Carga de la prueba: Las empresas deben presentar facturas de años consecutivos para demostrar que el gasto no es una «liberalidad» (un regalo espontáneo).
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El veto al IVA: Hacienda sigue manteniendo una postura inflexible: el IVA de las cestas de Navidad no es deducible. Esto supone un sobrecoste del que las empresas deben absorber, desincentivando esta tradición en un año de márgenes ajustados por la inflación.
Análisis: ¿Por qué este año es diferente?
| Factor | Impacto en 2025 |
| Inflación | El mayor valor de los productos eleva el tramo de retención de los empleados. |
| Digitalización | El cruce de datos masivo de la AEAT detecta facturas de proveedores de catering con mayor facilidad. |
| Jurisprudencia | Sentencias recientes han dado la razón a Hacienda en la exigencia de pruebas documentales de «tradición». |
«No es un impuesto nuevo, es una vigilancia nueva», afirman desde los colectivos de asesores fiscales. Lo que antes se gestionaba bajo una «tolerancia administrativa», hoy se fiscaliza al céntimo bajo el pretexto de la igualdad contributiva.
















