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Home Valencia Ciudad

8 años de promesas rotas y de menosprecio al patrimonio

El Síndic d'Agravis desnuda la inacción "sistémica" del Ayuntamiento de Valencia en Fallas

Redaccion por Redaccion
junio 17, 2026
en Valencia Ciudad, Fallas, Noticia destacada del día, Patrimonio
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8 años de promesas rotas y de menosprecio al patrimonio
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8 años de promesas rotas y de menosprecio al patrimonio

Una contundente resolución del defensor del pueblo valenciano expone cómo el Consistorio acumula y acepta recomendaciones institucionales desde 2018 que luego incumple de forma sistemática en la calle, convirtiendo monumentos protegidos en letrinas, cohetódromos y zonas de impunidad urbanística.

El Síndic d’Agravis de la Comunitat Valenciana ha dictado una resolución de consideraciones contra el Ayuntamiento de Valencia, que saca a la luz las vergüenzas de una gestión municipal que ha convertido la protección del patrimonio histórico durante las fiestas de las Fallas en un mero ejercicio de cinismo e hipocresía burocrática.

La resolución no deja margen a la duda: el Ayuntamiento de Valencia sufre una «patología administrativa de carácter sistémico». Consiste en una estrategia reiterada en la que el Consistorio acepta formalmente en los despachos todas las recomendaciones del Síndic para forzar el archivo de las quejas ciudadanas, pero renuncia de forma absoluta a aplicar medidas reales y efectivas sobre el terreno cuando llega la hora de la fiesta. El resultado es la degradación impune del centro histórico de la ciudad año tras año.

La cronología del cinismo: ocho años firmando promesas de papel mojado

Para entender la gravedad del tirón de orejas que el Síndic ha propinado al gobierno local, es necesario desglosar un historial de desobediencia que se prolonga ya durante casi una década. Los hechos que integran esta investigación no son un problema puntual de las fiestas de este año; la primera denuncia se interpuso formalmente con motivo de las Fallas de 2018, hace más de ocho años.

Desde entonces, el expediente de quejas acumuladas dibuja un mapa de reiteración e insumisión institucional flagrante:

  • Fallas 2018 (Expediente 1800742): Primera resolución del Síndic emitida el 13/06/2018. El Ayuntamiento la aceptó.

  • Fallas 2019 (Expediente 1900950): Los hechos se repitieron miméticamente. Nueva recomendación el 02/07/2019. El Ayuntamiento la aceptó.

  • Fallas 2022 (Expediente 2200950): Tras el parón de la pandemia, volvieron los abusos. Nueva resolución el 30/06/2022. El Ayuntamiento la aceptó.

  • Fallas 2023 (Expediente 2300995): Idéntico escenario de degradación. Resolución el 17/05/2023. El Ayuntamiento la aceptó.

  • Fallas 2024 (Expediente 2401197): La inacción municipal se enquista. Resolución el 29/04/2024. El Ayuntamiento la aceptó.

  • Fallas 2025 (Expediente 2501208): Sextas recomendaciones emitidas el 09/05/2025, basadas en supuestas «promesas de mejora». El Ayuntamiento las aceptó en junio de 2025.

  • Fallas 2026 (Expediente Actual): La realidad de las calles demuestra que el Ayuntamiento mintió al defensor del pueblo, obligando a la reapertura inmediata del expediente ante una inacción municipal calificada de «dolosa».

A pesar de este aluvión de firmas y compromisos formales, el Síndic concluye con severidad que, en la práctica, “el Ayuntamiento de Valencia sigue sin adoptar medidas efectivas para garantizar el respeto de las distancias de protección previstas legalmente para preservar al máximo los bienes de interés cultural y de relevancia local”.

Los seis «pecados» de las Fallas 2026: impunidad, fuego y letrinas públicas

El escrito de réplica validado por el Síndic realiza una auténtica radiografía de la degradación sufrida por los monumentos catalogados como Bienes de Interés Cultural (BIC) y Bienes de Relevancia Local (BRL) durante la semana fallera de 2026, desmontando una a una las excusas y mentiras vertidas por el Servicio de Fiestas y Tradiciones de la corporación local.

1. Monumentos convertidos en inodoros urbanos

La falta de urinarios públicos suficientes, sumada a la masificación descontrolada de eventos festivos y macrobotellones pegados a entornos monumentales, volvió a convertir las fachadas históricas de la ciudad en letrinas improvisadas. Los entornos gravemente afectados por los vertidos orgánicos de orines de este año han sido el Mercat Central (BIC), la Parroquia de Santa Catalina Mártir (BIC) y el Arco del Antiguo Hospital General (BIC). El Ayuntamiento intentó escaquearse de la denuncia respondiendo de forma evasiva que simplemente «había pedido un informe» al Servicio de Residuos Urbanos para ver cuántos retretes químicos se contrataron.

2. El «cohetódromo» ilegal del Antiguo Hospital General

A pesar de estar terminantemente prohibido por el Plan Especial de Protección (PEP) de Ciutat Vella por tratarse de un entorno de máxima protección patrimonial, los jardines y elementos del Antiguo Hospital General fueron utilizados de forma salvaje como zona de disparo indiscriminado de pirotecnia. Los fuegos artificiales provocaron quemaduras visibles y daños físicos en la parte superior de las columnas y elementos pétreos del conjunto monumental.

El Ayuntamiento alegó en su defensa que sus informes de 2025 calificaban de «muy positivos» los resultados de la vigilancia policial y que «no tenían constancia» de denuncias en 2026. El Síndic tumba este argumento puesto que la asociación denunciante ha demostrado que hay daños físicos reales y que el Consistorio incurre en una flagrante culpa in vigilando reincidente al no impedir desperfectos que ya conocía, los cuales, además, tienen la consideración de delitos contra el patrimonio bajo el artículo 323 del Código Penal.

8 años de promesas rotas y de menosprecio al patrimonio

3. El escándalo de la Beneficència: planos obsoletos del año pasado

Uno de los fallos técnicos más clamorosos del Ayuntamiento se localiza en el entorno del Museu de Prehistòria i de les Cultures (La Beneficència – BIC). El municipio autorizó la instalación de una carpa gigante que terminó pegada e invadiendo materialmente la fachada del museo, vulnerando el artículo 38.e de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano (LPCV), que prohíbe elementos que menoscaben la apreciación visual o pongan en riesgo estructural el bien.

Para defenderse ante el Síndic, el Servicio de Fiestas y Tradiciones adjuntó planos y alegó que, según su «Geoportal» virtual, la carpa cumplía las distancias. Sin embargo, la inspección de los documentos desveló una trampa burocrática intolerable: el plano técnico que aportó el Ayuntamiento para justificar la legalidad de las Fallas de 2026 correspondía a febrero de 2025. El Consistorio pretendió desmentir una infracción física cometiendo un «fallo instrumental», usando documentación estática de un año atrás para eludir su incapacidad de realizar inspecciones reales in situ y en tiempo real.

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|                  EL ESCÁNDALO DE LA FISCALIZACIÓN EN LA BENEFICÈNCIA                    |
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| REALIDAD EN LA CALLE (2026):     Carpa fallera pegada a la fachada del BIC.     |
| DEFENSA DEL AYUNTAMIENTO:        Consulta el Geoportal virtual y mapas digitales.|
| DOCUMENTO APORTADO COMO PRUEBA:  Plano técnico obsoleto fechado en FEBRERO DE 2025.|
| DICTAMEN DEL SÍNDIC:             Insuficiente. No sustituye la inspección real. |
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8 años de promesas rotas y de menosprecio al patrimonio

4. Discriminación en la Plaza Ciudad de Brujas y anclajes ilegales en el palacio de los Eixarchs

La arbitrariedad del Ayuntamiento ha quedado al descubierto al analizar la doble vara de medir en la concesión de licencias. Mientras el Consistorio prohíbe verbenas y tardeos en la Plaza del Mercat o la Plaza del Doctor Collado escudándose en la protección del patrimonio, autorizó un macroevento mercantilista agresivo en la Plaza Ciudad de Brujas, un entorno idéntico protegido por dos BIC (Mercat Central y Santos Juanes) y un BRL (Palacio de los Eixarchs).

El resultado fue un macrobotellón masivo con toneladas de basura y fachadas históricas usadas como inodoros. Para colmo del despropósito, se permitió la instalación de un escenario adosado al Palacio de los Eixarchs (BRL) y el atornillado de un cuadro de enganche eléctrico (caja de luz) anclado directamente sobre la piedra de la fachada protegida, junto a lonas publicitarias y almacenamiento de trastos. La respuesta municipal volvió a ser el escapismo: remitir las fotos al Servicio de Procedimiento Sancionador para ver si hacen algo.

8 años de promesas rotas y de menosprecio al patrimonio

5. Involución en la Real Basílica de la Virgen de los Desamparados

La queja ciudadana destapó una alarmante regresión en un protocolo que costó años implantar. Durante las Fallas de 2026, el Ayuntamiento permitió el montaje de una estructura metálica de gran envergadura situada en contacto físico directo con la fachada de la Basílica (BIC), sin interponer almohadillados, neoprenos o elementos amortiguadores para evitar daños mecánicos o abrasión por vibraciones. La negligencia es extrema si se tiene en cuenta que en el zócalo del templo se ubican seis inscripciones romanas de los siglos II y III d.C., sobre las que se terminaron depositando objetos de forma indiscriminada.

La respuesta firmada por la Jefa de Servicio roza el insulto técnico, afirmando textualmente que el Ayuntamiento “no sabe a ciencia cierta a qué estructura metálica hace referencia” la denuncia, a pesar de que el expediente contaba con fotografías nítidas y explícitas. Intentaron desviar la atención alegando que existía un permiso general para el anclaje de tapices festivos, confundiendo deliberadamente el tapiz con el armazón metálico desnudo denunciado.

8 años de promesas rotas y de menosprecio al patrimonio

6. Contaminación visual en la Lonja de la Seda: «que mida el ciudadano»

La Plaza del Mercado se transformó en un zoco industrial de puestos ambulantes, estructuras de tardeo y soportes publicitarios masivos que superaban con creces los 3 metros de altura máxima permitida por el PEP de Ciutat Vella, rompiendo la armonía paisajística de la Lonja de la Seda (Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO) y el Mercat Central.

Frente a esta vulneración visual, la contestación formal del Ayuntamiento de Valencia en el informe asombra por su gravedad y abdicación de funciones: afirmaron que si el denunciante constataba que los puestos superaban los 3 metros, “se debería haber efectuado la denuncia pertinente para que la policía local hubiera acudido in situ a efectuar la medición”.

Una aberración jurídica en toda regla: El Ayuntamiento pretendió de esta manera privatizar la potestad de policía administrativa, obligando a los ciudadanos de a pie a ejercer de inspectores urbanísticos nocturnos con cinta métrica en mano. Todo ello para tapar que el municipio renunció a ejercer de oficio el control obligatorio e irrenunciable que le impone el artículo 12 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

8 años de promesas rotas y de menosprecio al patrimonio

El «juego de trileros» competencial y la mentira del Bando Fallero

La réplica de los colectivos patrimoniales, asumida en las conclusiones del Síndic, desmonta por completo el modus operandi del consistorio para eludir la legalidad. A nivel organizativo, el Servicio de Fiestas utiliza la fragmentación de competencias como una cortina de humo: actúa como una «ventanilla de reenvío» que pasa el problema de los orines a Residuos, los incendios a Policía y los anclajes ilegales a Sancionador, evitando dar una respuesta coordinada como una Administración única.

Por otro lado, se desvela el uso fraudulento del Bando Fallero. El Ayuntamiento emite autorizaciones en masa insertando un «párrafo tipo» que recuerda formalmente la obligación de cumplir la ley de patrimonio, utilizándolo como un escudo estético exculpatorio. Sin embargo, la inserción de estas cláusulas se convierte en papel mojado porque no va acompañada de ninguna delimitación previa ni de fichas técnicas preventivas que adviertan a cada comisión fallera de los monumentos que tienen en su demarcación.

El Síndic recuerda de forma tajante un principio básico de derecho: un Bando de Fallas es un acto administrativo supeditado al Principio de Jerarquía Normativa (Art. 9.3 de la Constitución Española). Bajo ningún concepto una disposición municipal provisional puede suspender de facto la aplicación de normas de rango superior como la Ley 4/1998 de Patrimonio Cultural Valenciano o el propio Plan Especial de Protección (PEP) de Ciutat Vella.

El veredicto del Síndic: un ultimátum inapelable

Harto de promesas de cumplimiento falsas que se evaporan cada mes de marzo, el Síndic de Greuges ha invocado el artículo 46 de la Constitución Española para recordar al Ayuntamiento de Valencia que la conservación del patrimonio histórico y cultural es una obligación pública irrenunciable.

Por todo ello, el alto comisionado formula una resolución ejecutiva inequívoca: RECOMIENDA formalmente al Ayuntamiento de Valencia que, ante los reiterados e históricos incumplimientos producidos desde las Fallas de 2018, dejen de emitirse autorizaciones inerciales y “se adopten medidas más efectivas y reales de vigilancia y control para prevenir y, en su caso, sancionar dichos comportamientos”.

El reloj burocrático ya se ha puesto en marcha. Por ley, la administración local de Valencia está obligada a enviar al Síndic, en el plazo máximo e improrrogable de un mes, un informe detallado en el que manifieste de forma clara si acepta estas consideraciones.

En caso de aceptarlas —lo que supondría su octava aceptación histórica—, no bastará con buenas palabras: el Consistorio deberá desglosar de manera pormenorizada las medidas físicas, policiales y disciplinarias reales que va a adoptar para que las Fallas dejen de ser una patente de corso contra la historia de la ciudad. Si decide no aceptarlas, se verá obligado a justificar públicamente por qué prefiere desproteger los monumentos de Valencia. La transparencia y la ley de patrimonio ya no admiten más escapismos del gobierno de María José Catalá.

Etiquetas: Ayuntamiento de ValenciaFallas 2026María José CataláRecomendaciones Síndic d'AgravisSantiago Ballester
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