La cita servirá para abordar los escritos de calificación y decidir si se decreta la apertura de juicio oral contra la esposa del presidente del Gobierno por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
MADRID.— En un paso decisivo para la resolución de la fase de instrucción, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, ha convocado para este martes a Begoña Gómez a una audiencia preliminar. La comparecencia tiene como objetivo dirimir las cuestiones previas planteadas por las partes y analizar los escritos de acusación antes de tomar la decisión formal de dictar auto de apertura de juicio oral o acordar el sobreseimiento del caso.
La cita judicial sitúa a la esposa del jefe del Ejecutivo frente a posiciones irreconciliables entre la defensa, el Ministerio Público y las acusaciones populares en una causa que ha marcado el mapa político y judicial en los últimos meses.
Posiciones enfrentadas: del libre sobreseimiento a las penas de prisión
La audiencia llega tras el trámite de traslado de la causa a las partes procesales, que han mostrado posturas drásticamente opuestas sobre el recorrido penal de la investigación:
-
Ministerio Fiscal: Solicita la absolución y el archivo de las actuaciones al sostener que, tras el conjunto de diligencias practicadas, no existen indicios con entidad suficiente para fundamentar un delito de tráfico de influencias ni de corrupción en los negocios. Recordar que la Fiscalía como dijo Sánchez, «depende del Gobierno».
-
Acusación Popular: En representación de diversas organizaciones y plataformas querellantes, las acusaciones unificadas solicitan penas que alcanzan hasta los 13 años de prisión para Gómez, atribuyéndole una intervención decisiva en la adjudicación de contratos públicos y en patrocinios para su cátedra extraordinaria.
-
Defensa: Reitera la atipicidad penal de las conductas investigadas y solicita el sobreseimiento libre de la causa, denunciando que la instrucción ha incurrido en una inquisición general sin base fáctica concreta.
La clave legal: el auto de apertura de juicio oral
Durante la vista preliminar, la defensa de Gómez podrá reproducir las alegaciones sobre posibles vulneraciones de derechos fundamentales o indefensión planteadas a lo largo del proceso. El juez Peinado deberá resolver estas cuestiones antes de determinar si existen indicios razonables de criminalidad para sentar a la investigada en el banquillo de los acusados.
De acordarse finalmente la apertura de juicio oral, la resolución fijará la competencia del órgano encargado del enjuiciamiento y abrirá la fase de presentación de pruebas definitivas para la vista oral.
















