Las personas que recuperan la libertad tras cumplir una condena pueden acceder al Ingreso Mínimo Vital si cumplen determinados requisitos. La ley contempla excepciones específicas para facilitar su reinserción, aunque la ayuda no se concede de forma automática.
Desde el 1 de noviembre de 2024, el antiguo subsidio para personas excarceladas desapareció y fue sustituido por el acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación de la Seguridad Social destinada a personas y familias en situación de vulnerabilidad económica.
¿Puede cobrar el IMV una persona al salir de prisión?
Sí, pero no de manera automática.
Las personas que salen de prisión pueden solicitar el Ingreso Mínimo Vital siempre que cumplan los requisitos generales de residencia legal, vulnerabilidad económica y patrimonio establecidos por la Ley 19/2021. Además, la normativa incorpora varias excepciones específicas para facilitar su acceso.
Las principales ventajas para los exreclusos
La legislación contempla medidas específicas para este colectivo:
- Los jóvenes de 18 a 22 años pueden solicitar el IMV si han permanecido privados de libertad durante más de seis meses, sin tener que esperar a cumplir los 23 años exigidos con carácter general.
- También quedan exentos de acreditar una vida independiente durante los dos años anteriores a la solicitud cuando hayan cumplido una pena superior a seis meses.
- El acceso sigue condicionado a encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y cumplir el resto de requisitos legales.
No todos los solicitantes lo reciben
Diversas entidades sociales han advertido de que el nuevo sistema resulta más exigente que el antiguo subsidio de excarcelación.
Aunque la reforma buscaba integrar esta protección dentro del IMV, numerosas solicitudes son rechazadas porque los solicitantes no cumplen los requisitos económicos o administrativos exigidos por la normativa.
Cuánto se puede cobrar en 2026
La cuantía depende de los ingresos y de la composición de la unidad de convivencia. El IMV no paga una cantidad fija, sino la diferencia entre los ingresos del hogar y la renta garantizada establecida por la ley.
Unidades no monoparentales
- Un adulto: 733,60 euros al mes.
- Dos adultos o un adulto con un menor: 953,68 euros.
- Tres adultos, dos adultos y un menor o un adulto con dos menores: 1.173,76 euros.
- Cuatro adultos, dos adultos y dos menores o un adulto con tres menores: 1.393,84 euros.
- Unidades familiares de mayor tamaño: 1.613,92 euros.
Familias monoparentales
- Un adulto y un menor: 1.115,07 euros.
- Un adulto y dos menores: 1.335,15 euros.
- Un adulto y tres menores: 1.555,23 euros.
- Un adulto con cuatro o más menores: 1.775,31 euros al mes.
Además, el IMV puede incorporar el Complemento de Ayuda para la Infancia, cuya cuantía varía en función de la edad de cada menor, así como incrementos en determinados supuestos de discapacidad.
El objetivo: favorecer la reinserción
La finalidad de estas excepciones es facilitar el regreso a la vida en libertad de quienes carecen de recursos económicos suficientes tras cumplir una condena. Sin embargo, la concesión del Ingreso Mínimo Vital sigue estando vinculada al cumplimiento de todos los requisitos legales y no constituye una prestación automática por el hecho de abandonar un centro penitenciario.
















