El tribunal reduce los delitos investigados a tráfico de influencias y malversación y corrige las medidas cautelares impuestas por el juez Peinado
La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado que Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, continúe el procedimiento hacia un juicio con jurado popular, aunque limita la causa a dos presuntos delitos: tráfico de influencias y malversación de caudales públicos. Al mismo tiempo, los magistrados han revocado las medidas cautelares que le impuso el juez Juan Carlos Peinado, entre ellas la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar España y la obligación de comparecer cada quince días en el juzgado.
La resolución supone un respaldo parcial a la instrucción del magistrado, ya que la Audiencia considera que existen indicios suficientes para continuar el procedimiento por esos dos delitos, pero descarta otros dos que figuraban inicialmente en la causa: corrupción en los negocios y apropiación indebida.
La Audiencia considera insuficiente el riesgo de fuga
Uno de los aspectos más relevantes del auto es la corrección a las medidas adoptadas por el juez instructor. Los magistrados entienden que no existe un riesgo real y efectivo de fuga que justifique restricciones tan severas sobre la libertad de movimientos de Gómez y de su asesora, Cristina Álvarez.
El tribunal recuerda que ambas han acudido a todas las citaciones judiciales, mantienen arraigo familiar y profesional en España y no existen indicios de que hayan intentado eludir la acción de la justicia. Por ello, consideran suficiente la obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio o de paradero y permanecer localizables durante el procedimiento.
La causa continuará por tráfico de influencias y malversación
La Audiencia aprecia indicios para investigar si Gómez pudo beneficiarse de su posición como esposa del presidente del Gobierno en la creación y dirección de la cátedra extraordinaria que codirigió en la Universidad Complutense de Madrid y en las relaciones mantenidas con el empresario Juan Carlos Barrabés.
También considera que existen elementos suficientes para continuar investigando el destino del software desarrollado en el marco de dicha cátedra y su posible utilización fuera del ámbito estrictamente universitario, aspecto sobre el que se centra el presunto delito de malversación.
Cristina Álvarez seguirá procesada únicamente por malversación
La asesora de Moncloa Cristina Álvarez también continuará en el procedimiento, aunque únicamente por un presunto delito de malversación relacionado con el desarrollo y uso del software de la cátedra universitaria. Los demás delitos inicialmente atribuidos han quedado archivados para ella.
Por su parte, el empresario Juan Carlos Barrabés queda fuera del procedimiento ante jurado popular, aunque la investigación sobre la legalidad de determinadas adjudicaciones públicas relacionadas con su actividad empresarial seguirá abierta por otra vía judicial.
Fiscalía y defensas piden la absolución
La Fiscalía mantiene que no existen pruebas suficientes para sostener una condena y solicita el archivo de la causa, posición compartida por las defensas. En cambio, la acusación popular encabezada por Hazte Oír reclama penas de hasta 24 años de prisión para Gómez y de 22 años para Cristina Álvarez.
La decisión de la Audiencia no supone una condena ni una declaración de culpabilidad, sino únicamente que el tribunal considera que existen indicios suficientes para que los hechos sean examinados en un juicio oral con jurado popular. Será ese futuro proceso el que determine si los delitos llegaron o no a cometerse.
















