El gran engaño de Catalá sobre el traslado del Faro de Puerto de Valencia
-
Un anuncio a bombo y platillo desmantelado por los propios informes técnicos municipales.
-
Las resoluciones administrativas obtenidas tras recurrir a Trasparencia revelan que el Consistorio aprobó la reubicación frente al edificio Veles e Vents sin tener un solo papel técnico en sus dependencias, ignorando sus propios informes arqueológicos y vulnerando el derecho a la transparencia.
El pasado 15 de julio de 2026, el Ayuntamiento de Valencia y la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) escenificaron ante los medios de comunicación un ambicioso acuerdo institucional. El histórico Faro del Puerto —una joya de la ingeniería industrial de principios del siglo XX— sería desmontado de su emplazamiento actual y reubicado con honores en el corazón de La Marina, justo frente al emblemático edificio Veles e Vents. La noticia fue recibida con titulares halagüeños sobre el «rescate» y «puesta en valor» del patrimonio marítimo local.
Sin embargo, detrás de la foto oficial y la nota de prensa no había absolutamente nada. Ni un proyecto de ingeniería, ni un estudio de impacto sobre la estructura, ni un informe de compatibilidad urbanística con su entorno de protección, ni la obligatoria autorización de la Conselleria de Cultura. Nada.
Una exhaustiva investigación documental basada en resoluciones oficiales emitidas por el propio Ayuntamiento de Valencia —obtenidas tras solicitar la información vía Transparencia— demuestra que el gobierno de María José Catalá vendió a la opinión pública una operación urbanística y patrimonial fantasma. El Ayuntamiento ha terminado confesando por escrito que, en el momento del anuncio, no constaba en sus dependencias ni un solo documento técnico que garantizase que el faro no acabará reducido a escombros.
La trampa de la transparencia: de la callada por respuesta a la confesión forzada
El mismo 15 de julio de 2026 en que las notas de prensa inundaban las redacciones, la asociación Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural registró una solicitud formal de acceso a la información pública mediante las correspondientes instancias. La petición era sencilla y concisa: requería el expediente BRL del bien y copia de los proyectos técnicos de desmontaje, estudios de emplazamiento, informes de compatibilidad patrimonial y autorizaciones autonómicas de Cultura.
La reacción municipal siguió el clásico manual de la opacidad administrativa:
-
El silencio inicial (30 de julio de 2026): Mediante la Resolución CC-1492, la Alcaldía dictó una «estimación parcial». Facilitó los datos básicos sobre la tramitación del Faro como Bien de Relevancia Local (BRL), pero guardó un mutismo absoluto sobre los proyectos técnicos del traslado.
-
La admisión de falta de papeles (31 de julio de 2026): Tras exigirse la subsanación del expediente por incongruencia omisiva, la Jefa del Servicio de Sociedad de la Información admitió formalmente que la resolución se emitió dejando «pendiente la resolución del resto de los puntos […] de los que actualmente estamos recabando la información que sea de competencia de esta administración».
-
La confesión definitiva (16 de septiembre de 2026): Acorralado por la queja admitida a trámite por el Síndic, el Concejal Delegado de Transparencia firmó la Resolución CC-1606, enviada el 18 de septiembre de 2026. En ella, el Consistorio adjunta la respuesta interna de la Sección de Arqueología, la cual desmantela, uno por uno, todos los titulares vendidos dos meses antes a los medios de comunicación.
Desmontando el acuerdo punto por punto: las cuatro mentiras del traslado
El informe técnico remitido por la Sección de Arqueología (dependiente del Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico del Ayuntamiento) en el marco de la Resolución CC-1606 constituye una enmienda a la totalidad de la gestión municipal:
Punto 3: El «Acuerdo Formal» entre Administraciones
Lo que se vendió a la prensa: Un acuerdo institucional vinculante alcanzado en el seno del Órgano Interadministrativo de La Marina entre la alcaldesa de Valencia y la Autoridad Portuaria de Valencia para el traslado del faro.
La realidad en los archivos municipales: «En esta Sección no consta ni se tiene conocimiento del acuerdo del Órgano interadministrativo de cooperación y de gestión de la Marina […] por el que se dispusiera el traslado del antiguo Faro del Puerto de Valencia a una nueva ubicación».
Punto 4: El Proyecto Técnico de Desmontaje y Traslado
Lo que se vendió a la prensa: Una rigurosa y estudiada operación de ingeniería para trasladar la estructura frente al edificio Veles e Vents.
La realidad en los archivos municipales: «No consta en esta Sección la existencia del Proyecto Técnico de Desmontaje y Traslado del citado Faro del Puerto».
Punto 5: La compatibilidad patrimonial con el entorno del BRL
Lo que se vendió a la prensa: La perfecta integración del faro en el entorno idílico de la dársena de La Marina.
La realidad en los archivos municipales: «A la fecha de emisión del presente informe, no ha sido solicitado a esta Sección informe alguno sobre la compatibilidad del traslado del antiguo Faro del Puerto, desconociéndose, en consecuencia, el contenido del proyecto al que se hace referencia».
Punto 6: Los permisos legales de la Generalitat Valenciana
Lo que se vendió a la prensa: Una actuación plenamente enmarcada en la legalidad urbanística y patrimonial.
La realidad en los archivos municipales: «No consta en esta Sección la autorización de la Conselleria competente para proceder al mencionado desmontaje y traslado».
La «patada hacia adelante» a la Autoridad Portuaria y el fraude a la Ley de Transparencia
Al verse acorralado por sus propios informes técnicos, el Ayuntamiento de Valencia intenta despejar el balón en el Fundamento Quinto de la Resolución CC-1606, argumentando que, dado que la información fue publicada tras una reunión con la Autoridad Portuaria de Valencia (APV), «es posible que la información obre en poder de la misma».
Esta justificación no sólo roza el cinismo político, sino que supone un incumplimiento flagrante de la normativa sobre transparencia pública.
┌─────────────────────────────────────────────────────────────────────────┐
│ EL FRAUDE DE LA DERIVACIÓN MUNICIPAL │
├─────────────────────────────────────────────────────────────────────────┤
│ 1. El Ayuntamiento anuncia un proyecto conjunto con la APV. │
│ 2. La ciudadanía solicita el expediente técnico en el Ayuntamiento. │
│ 3. El Ayuntamiento admite que NO tiene los informes de su propia área. │
│ 4. Dice que "tal vez los tenga la APV", pero NO deriva la solicitud │
│ como exige el Art. 19.1 de la LTAIBG. │
└─────────────────────────────────────────────────────────────────────────┘
El Ayuntamiento de Valencia vulneró el procedimiento legal al no derivar el expediente; toda vez que, bajo el amparo del artículo 19.1 de la LTAIBG y el artículo 33.1 de la Ley 1/2022 de la Generalitat, si la información no obraba en su poder y conocía la competencia de la APV, estaba obligado a remitirle la solicitud a la mayor brevedad posible e informar de ello de inmediato a la parte interesada.
En lugar de cumplir la ley, el Ayuntamiento retuvo la solicitud durante dos meses, mareó a la ciudadanía con resoluciones parciales e incoherentes, y finalmente se limitó a «sugerir» que la documentación tal vez exista en otra ventanilla.
Pero la pregunta de fondo trasciende lo formal: ¿Cómo es posible que el gobierno municipal anuncie a bombo y platillo el traslado de un monumento histórico sin haber pedido antes a sus propios arqueólogos y técnicos de Patrimonio un solo informe de viabilidad?
Los avisos ignorados de 2022: el peligro real de demolición y ruina
Junto a la resolución denegatoria, el Ayuntamiento adjuntó un documento revelador: un informe emitido por la propia Sección de Arqueología en septiembre de 2022. Este dictamen —que los responsables políticos tenían en sus cajones mientras se fotografiaban para la prensa— desmonta técnicamente la viabilidad de mover el faro como si fuera una pieza de Lego.
Una estructura compleja no pensada para traslados sencillos
El Faro Histórico del Puerto de Valencia no es una simple torre de hierro. Fue diseñado en 1890 por el ingeniero Luis Dicenta Lloret y su construcción se inició en 1905. El montaje concluyó en mayo de 1909 y el faro se encendió oficialmente el 28 de junio de ese año.
En 1928, tras la finalización del dique Norte, el ingeniero director del puerto Federico G. de Membrillera redactó el proyecto de desmontaje, traslado y reedificación del faro. La intervención se ejecutó posteriormente y el nuevo faro entró en servicio el 21 de abril de 1930.
El proyecto conservó el tubo central de hierro y la escalera de caracol que conducía a las cámaras superiores. La estructura metálica fue revestida exteriormente con mampostería —el proyecto menciona específicamente mampostería hidráulica—, dando lugar a la torre troncopiramidal de sección ochavada que conocemos actualmente.
El informe técnico de la Sección de Arqueología del Ayuntamiento de Valencia, fechado en 2022, advierte de los riesgos asociados a una eventual manipulación o traslado. Señala que la técnica de desmontaje y desplazamiento “piedra a piedra” puede ser viable en estructuras construidas con sillería, pero resulta de difícil aplicación en muros de mampostería como los que forman parte de la envolvente del faro.
El mismo informe advierte que, según experiencias previas, cualquier desplazamiento de estructuras de ingeniería o arquitectura puede producir deterioros y, en algunos casos, la pérdida de parte de los componentes originales de la fábrica.
El informe también recoge los antecedentes técnicos de la Autoridad Portuaria de Valencia. Según el estudio de viabilidad elaborado por INTEMAC en junio de 2021, el traslado “no se considera viable”, salvo que condicionantes no técnicos exigieran mantener el faro, en cuyo caso serían necesarias operaciones complejas y costosas de traslado, reconstrucción y reparación.
Asimismo, el informe municipal indica que el proyecto de ampliación de la ZAL elaborado por TYPSA en noviembre de 2021 consideraba inviable compatibilizar la ampliación portuaria con la conservación del faro “in situ”. En ese contexto, se habría planteado incluso la posibilidad de demoler el faro histórico y construir una réplica en otra ubicación, con una estructura de hormigón armado revestida con sillería y mampostería recuperadas del faro original.
No obstante, debe precisarse que la Sección de Arqueología declaró expresamente que no había tenido acceso directo al proyecto de la Autoridad Portuaria ni al informe completo sobre el destino previsto para el faro. Por ello, la posibilidad de demolición y construcción de una réplica aparece en el informe como una propuesta o alternativa conocida parcialmente, no como una decisión definitiva.
Es decir, el proyecto al que el Ayuntamiento ha dado cobertura mediática podría derivar, en la práctica, en la destrucción definitiva del bien original y la colocación de un «falso histórico» de hormigón frente al edificio Veles e Vents.
Bloqueo institucional y «política de hechos consumados»
La irresponsabilidad municipal se ve agravada por la situación de desamparo jurídico en la que se encuentra el monumento. El Faro del Puerto de Valencia está inmerso en un procedimiento formal para su protección bajo la figura de Bien de Relevancia Local (BRL-MIL).
En la propuesta de ficha de protección aprobada por la propia Comisión de Urbanismo del Ayuntamiento, se delimitó un entorno de protección obligatorio de 50 metros a la redonda sobre su emplazamiento original. Conforme a la Ley 4/1998 de Patrimonio Cultural Valenciano, cualquier intervención dentro de ese perímetro o sobre la propia estructura requiere autorización previa y expresa de la Conselleria de Cultura.
┌──────────────────────────────────────────────────────────────────────────┐
│ CRONOLOGÍA DEL BLOQUEO BRL │
├──────────────────────────────────────────────────────────────────────────┤
│ • Feb 2024: La Comisión de Urbanismo aprueba el dictamen BRL del Faro, │
│ tras la solicitud de la asociación Círculo por la Defensa del Patrmonio. │
│ • 23 Feb 2024: El Ayuntamiento remite el expediente a la Generalitat. │
│ • Feb 2024 - Sep 2026: La Dirección General de Patrimonio paraliza el │
│ expediente durante más de 30 meses sin emitir informe sectorial. │
│ • May 2026: El Ayuntamiento tarda 27 meses en enviar una nota de │
│ reiteración a la Generalitat exigiendo desbloquear el BRL. │
│ • Jul 2026: Con el BRL congelado, Ayuntamiento y Puerto anuncian el │
│ traslado a la prensa sin expediente previo. │
└──────────────────────────────────────────────────────────────────────────┘
La cronología revela un vergonzoso peloteo institucional: la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Generalitat mantiene el expediente secuestrado en un cajón desde hace dos años y medio (febrero de 2024). Y mientras la Generalitat bloqueaba la protección, el Ayuntamiento de Valencia tardó más de dos años (hasta mayo de 2026) en enviar un simple recordatorio para exigir que se resuelva la ficha.
Aprovechando este limbo legal y la falta de protección definitiva, el Ayuntamiento y la APV intentaron imponer una política de hechos consumados: acordar en despachos y vender en prensa una actuación física sobre el faro antes de que la catalogación del BRL esté formalmente blindada y someta cualquier obra a un estricto control técnico autonómico.
Luces rojas en la bahía: exigencia de paralización inmediata
Las pruebas documentales acumuladas en las últimas semanas dibujan un panorama desolador de la gestión del patrimonio público en Valencia. La política del titular fácil y la infografía promocional ha pasado por encima de las leyes de transparencia, del procedimiento administrativo común y de las advertencias de los propios arqueólogos municipales.
| Lo que afirmó el Ayuntamiento (Prensa – Jul 2026) | Lo que confiesa el Ayuntamiento (Resolución CC-1606 – Sep 2026) |
|
Existe un acuerdo firme para trasladar el faro. |
No consta ningún acuerdo en los archivos municipales de Patrimonio. |
|
Hay un plan técnico para situarlo frente al Veles e Vents. |
No existe ni constaba ningún Proyecto Técnico de Desmontaje. |
|
La ubicación es compatible con los valores del monumento. |
No se ha pedido informe de compatibilidad con el entorno BRL de 50m. |
|
Operación plenamente tramitada e institucionalizada. |
Sin autorización de la Conselleria de Cultura. |
Ante la gravedad de los hechos, las entidades de defensa del patrimonio han elevado sus recursos tanto al Síndic d’Agravis como al Consell de Transparència i Bon Govern. La demanda es clara y tajante: exige la paralización inmediata de cualquier maniobra o acuerdo relativo al traslado del Faro Histórico en tanto no se resuelva definitivamente el expediente de protección BRL, se pongan a disposición pública proyectos técnicos rigurosos que descarten su demolición, y se respete escrupulosamente el derecho de la ciudadanía a saber la verdad sobre el destino de su patrimonio.
Valencia no puede permitirse que una maniobra de propaganda política del gobierno de Catalá termine cobrándose la integridad de una de sus piezas más singulares de la historia marítima e industrial. Las luces de alarma están encendidas; ahora corresponde a los órganos de control institucional apagar la improvisación y hacer cumplir la ley.















